Multa al Ayuntamiento de Castellar por no comunicar la celebración de una bueyada infantil
La denuncia fue presentada por Pacma al considerar que el evento suponía una utilización inadecuada de animales en un contexto festivo
Así será el paso de la borrasca Francis por Jaén en 2026: lluvias, frío y posibilidad de nieve
La Delegación de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén ha impuesto una multa de 600 euros al Ayuntamiento de Castellar por no comunicar la celebración de una bueyada infantil que tuvo lugar el 10 de agosto de 2024 y que fue denunciada por el Partido Animalista Pacma. La sanción ya ha sido abonada y por pronto pago ha quedado reducida a 360 euros.
La denuncia fue presentada por Pacma al considerar que el evento suponía una utilización inadecuada de animales en un contexto festivo, especialmente preocupante por su enfoque dirigido a menores. En un primer momento, tanto el Ayuntamiento de Castellar como distintas instancias administrativas sostuvieron que no se trataba de un festejo taurino ni de una actividad sancionable, al no emplearse reses de lidia.
La Delegación de Agricultura, en su resolución recogida por Europa Press, rechaza imponer una infracción muy grave al no considerar probado "la existencia de daños ni sufrimientos ni malos tratos" ya que en este caso se trató de "animales especialmente entrenados para este tipo de actividades, siendo su finalidad ayudar a los ganaderos a manejar a las reses bravas y mansas en todas las labores, faenas y festejos en que intervienen".
No obstante, sí se contempla una infracción por omisión al no haber comunicado de forma previa que ese día se iba a realizar una concentración ganadera. En concreto, es una infracción administrativa tipificada en el artículo 83.2 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
Este artículo recoge que 'La falta de comunicación a la autoridad competente de nacimientos, entradas o salidas de los animales de producción de una explotación o, en general, de los datos e información de interés en materia de sanidad animal, cuando dicha comunicación venga exigida por la normativa aplicable, o el retraso en la comunicación de dichos datos, cuando sea el doble o más del plazo permitido en la normativa específica'.
Es por esta infracción leve por lo que se le impone al Ayuntamiento la sanción económica de 600 euros. Por su parte, desde Pacma, se ha incidido en que este caso "debe tener un efecto preventivo y disuasorio", al tiempo que ha advertido a otros ayuntamientos de que "organizar actividades similares puede conllevar consecuencias legales, aunque se presenten como tradiciones o actos lúdicos".
Temas relacionados
No hay comentarios