La UDC Torredonjimeno no cometió alineación indebida: el Juez de Disciplina Deportiva desestima la reclamación del CP Mijas Las Lagunas

El cuadro malagueño recurrió por una posible sanción pendiente de cumplir de Luis Gutiérrez, pero el órgano federativo valida su participación

El gol más importante de Luis Gutiérrez

Luis Gutiérrez, durante un encuento de este curso. / UDC Torredonjimeno

Buenas noticias para la Unión Deportiva Ciudad de Torredonjimeno. El Juez de Disciplina Deportiva de la Real Federación Andaluza de Fútbol ha desestimado la reclamación efectuada por el CP Mijas Las Lagunas tras la jornada 1 por una supuesta alineación indebida del delantero Luis Gutiérrez, en un duelo en el que los tosirianos vencieron por 3-0.

El cuadro malagueño basó su reclamación en torno a una posible sanción pendiente de cumplimiento por parte de Luis Gutiérrez, que fue expulsado por doble amarilla en la jornada 28 del curso pasado, cuando vestía la camiseta del Atlético Mancha Real en un partido ante el CD Huétor Tájar. Sin embargo, el atacante villariego no cumplió dicha sanción con el conjunto verde porque justo después de ese encuentro dejó las filas mancharrealeñas y se marchó al filial de la UD Ibiza. Por tanto, el CP Mijas Las Lagunas alegó que dicha sanción, según el artículo 56.1 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol, debe cumplirse en la misma categoría y división que se produjo.

Para contrarrestar esas alegaciones, la UDC Torredonjimeno demostró, en colaboración con la Federación Balear, que la UD Ibiza tramitó su alta federativa como jugador profesional y su alta en la Seguridad Social a principios de abril. Al ser consciente de la sanción que arrastraba, Luis Gutiérrez no fue alineado por el filial ibicenco, ni por el primer equipo de Primera Federación en el primer encuentro oficial para el que estuvo disponible federativamente. A su vez, la UDC Torredonjimeno argumenta que al tratarse de una infracción leve, tal y como la describe el artículo 9.2 del Código Disciplinario de la RFEF, prescribe al mes de su imposición.

"Conducta no dolosa o culposa" por parte del club tosiriano

A partir de todo lo argumentado, la conclusión del Juez único es que "no existe una norma que regule específicamente el supuesto analizado —jugador sancionado en campeonato nacional que pasa a competir en una territorial—", por lo que considera que la conducta de la UDC Torredonjimeno no puede calificarse de dolosa o culposa. En concreto, el Juez de disciplina expone que "no puede llegar a afirmarse la existencia de la infracción de alineación indebida, puesto que, como tiene proclamado de forma reiterada nuestra jurisprudencia disciplinaria deportiva no podría estimarse cometida una infracción administrativa, si no concurriera el elemento subjetivo de la culpabilidad o lo que es igual, si la conducta típicamente constitutiva de infracción administrativa no fuera imputable a dolo o a culpa".

Por todo ello, da la razón a la UDC Torredonjimeno y valida su alineación en la primera jornad liguera, en la que el plantel tosiriano logró sumar los tres puntos en el Matías Prats. Mientras, el CP Las Lagunas podrá interponer un recurso ante el Comité Especial de Apelación de la Liga Nacional de Fútbol Aficionado de la RFEF en el plazo de 10 días.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último