Es oficial: podrás desgravar el gimnasio en la Renta 2026 si cumples este requisito clave
Se podrán deducir hasta 100 euros por persona con el 15% de los gastos correspondientes a cuotas del gimnasio
La Renta 2025 ya tiene fechas: calendario, tramos y claves para calcularla
Además de ser beneficioso para nuestra salud física y mental, hacer deporte puede tener grandes virtudes para nuestro bolsillo. Así lo confirman las últimas ventajas fiscales que confirman que, en el presente ejercicio de la Renta 2025 se podrán desgravar los gastos del gimnasio.
Esta medida, consistente en una deducción autonómica en el IRPF por gastos deportivos, está incluida en la Ley de Presupuestos para 2026 de Andalucía —cuyos efectos se contabilizan desde el 1 de enero de 2025—.
Quiénes y cuánto se pueden deducir
Todos los contribuyentes que residan fiscalmente en Andalucía, sin límite de renta, podrán deducirse hasta el 15% de los gastos pagados por cuotas del gimnasio o actividades deportivas, con un máximo de 100 euros por contribuyente al año.
Para ello, será necesario aportar la factura o recibo que acredite el pago de la cuota. Este documento debe incluir el nombre o razón social del centro deportivo, el nombre de la persona que hará la Renta 2025, el concepto claro de la cuota o actividad deportiva, además del importe pagado y fecha. Comúnmente, Hacienda suele exigir facturas o justificantes formales, por lo que no serán válidos los extractos bancarios.
El tipo de actividad en sí o de lugar donde se realice es lo de menos, mientras suponga una implicación directa con el deporte por parte de la persona titular. Así las cosas, es posible presentar facturas de los siguientes lugares relacionados con el bienestar físico para efectuar la deducción en la Renta:
- Gimnasios
- Centros deportivos
- Clubes deportivos
- Federaciones
- Secciones deportivas de otras entidades
Uno de los requisitos clave que no siempre se tienen en cuenta por parte de los declarantes de la Renta es la obligatoriedad de que el centro esté legalmente registrado o autorizado para prestar servicios deportivos.
Otro aspecto clave es que la deducción se gestiona en la parte autonómica del IRPF dentro del programa de declaración. Además, se recomienda que, aunque no suele ser necesario presentar esos documentos, se deben conservar durante varios años por si Hacienda te los solicita en una comprobación posterior en la que requieran facturas y pagos.
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